Poder para solicitar liquidación de sucesión y de sociedad conyugal
Un Poder para solicitar la liquidación de sucesión y de sociedad conyugal ante notario en Colombia es un documento mediante el cual una persona (poderdante) autoriza a otra (apoderado) para representarla en el trámite de liquidación de una herencia y, en caso de existir, la disolución y liquidación de la sociedad conyugal del fallecido.
Se usa cuando un heredero, cónyuge o compañero permanente no puede o no desea presentarse personalmente en el proceso sucesorio y de disolución de sociedad conyugal, delegando estas gestiones a un abogado o a otro heredero. Este poder puede otorgarse mediante escritura pública ante notaría o documento privado autenticado.
Sirve para que el apoderado actúe en nombre del otorgante en la notaría, facilitando el trámite de adjudicación de bienes, pago de deudas y distribución de la herencia conforme a la ley. También permite agilizar el proceso, evitando la presencia física de todos los interesados en cada etapa del trámite sucesorio.
La liquidación de herencia y/o de sociedad conyugal por causa de muerte, mediante el trámite notarial previsto en el Decreto 902 de 1988, puede ser solicitada únicamente por los herederos, o legatarios y/o el cónyuge supérstite, quienes deberán actuar de común acuerdo.
El estatuto del notariado, estableció que es necesario presentar la solicitud por medio de abogado. El poder se elabora en papel común. Debe ser presentado personalmente por el apoderado y sus representados, o reconocido ante juez o notario (D. 2148/83, art. 14).
Se dirige al notario del círculo que corresponda al último domicilio del causante en el territorio nacional, y si éste tenía varios, al del asiento principal de sus negocios.
Si en el lugar hay varios notarios, podrá presentarse ante cualquiera de ellos, elegido de mutuo acuerdo por las personas legitimadas para presentar la solicitud (D. 902/88, art. 1º).
Detalles del Documento
Categoría: personal
Precio: $25,900.00